“El PP se sitúa al margen de los criterio de la Agencia Tributaria y de los tribunales”

18 de mayo de 2018 0 Comentarios

Edificio de viviendas, oficinas y local comercial en C/ Morerías, 2,  propiedad de la Iglesia

La formación recuerda que la moción aprobada en el pleno del pasado día 15 de mayo sólo pretende que el Ayuntamiento de Córdoba sea respetuoso con los criterios marcados en Baleares por la agencia tributaria y el tribunal superior, así como por las directrices europeas que no admiten que unos actores económicos reciban un trato fiscal privilegiado sobre otros.

Viernes 18 de mayo. El concejal Paco Molina ha manifestado que “el Partido Popular se mantiene al margen de la interpretación de la ley de mecenazgo que hace la Agencia Tributaria, los propios tribunales españoles y europeos cuando afirma que “recurrirá cada paso que el gobierno local dé para aplicar la moción aprobada en el pleno del martes”.

 

En este sentido, el edil les ha recordado que “dicha moción lo que pretende es eliminar privilegios fiscales de aquellos inmuebles en los que se desarrollan actividades empresariales y el arrendamiento, ya en sí, es una actividad mercantil, que tiene el propósito de obtener beneficio económico. “Mantener esta situación” indica “supone en realidad la concesión por parte del Estado de unas subvenciones indirectas, que van en contra claramente  de las reglas propias de la economía de mercado, generando una situación de competencia desleal con el resto de actores económicos, empresas, autónomos y particulares que, sí se ven obligados a tributar por estos mismos conceptos”.

Molina señala además que “hay un acuerdo de la Agencia Tributaria de Baleares (ATIB) que confirmó una reclamación del Ayuntamiento de Escorca  por el pago del IBI en  2014  de  tres inmuebles situados en Lluc, que luego fue confirmada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJIB  que señala en su sentencia que confirma el criterio de Hacienda en tres locales dedicados a actividad comercial”.

 

“Además el PP quiere hacer caso omiso al Tribunal Europeo” ha incidido “que en junio del 2017 enmendaba la plana al Estado Español dando la razón al Ayuntamiento de Getafe en su reclamación del cobro del Impuesto sobre Construcciones, ante la excepción pretendida para las obras de un centro escolar concertado de los Escolapios”. Según el edil “el argumento central en el que se fundamentaba dicha sentencia era, que este tipo de exenciones podrían considerarse como una ayuda del Estado, prohibida por el artículo 107.1 de la Unión Europea”.

 

Por último Ganemos Córdoba cree que “los populares saben que mantener el argumento de la obra social para que la Iglesia no pague impuestos no se sostiene por ningún lado, porque el hecho de que la Iglesia se vea obligada a pagar el IBI no significa que se vaya a ver mermada su capacidad para continuar con la obra social” y ha puesto como ejemplo que “la Conferencia Episcopal gracias a la asignación tributaria, recibió del Estado nada menos que 992,4 millones de euros entre 2011 y 2014 a los que a entidades como Cáritas sólo le llegó un 2,12%”.

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